Sacramentos


REQUISITOS

 

1) Bautismo de niños menores de 7 años:

·        Copia autenticada (original) del folio del registro civil de nacimiento del menor.

·        Partida de matrimonio de los padres. Si no están casados por la Iglesia, presentar la partida original de bautismo de cada uno.

·        Partida de confirmación de cada uno de los padrinos.

·        Fotocopia ampliada al 150% del documento de identidad de padres y padrinos.

 NOTA:

·        Las partidas deben ser presentadas en original y con fecha de expedición inferior a tres (3) meses.

·        La inscripción la debe hacer el papá y/o la mamá o quien tenga la patria potestad del menor.

·        Si quien va a bautizar reside en otra parroquia, debe presentar permiso de la parroquia de residencia.

 

2) Bautismo de niños y adolescentes de los 7 a 13 años:

·        Solicitud escrita al párroco, en la cual manifieste el deseo de recibir el Sacramento.

·        Certificado original de la parroquia donde ha vivido más tiempo o de la parroquia donde nació, en el que conste que no ha sido bautizado.

·        Copia autenticada (original) del folio del registro civil de nacimiento del menor.

·        Partida original de matrimonio de los padres. Si no están casados por la Iglesia, presentar la partida original de bautismo de cada uno.

·        Partida de confirmación de cada uno de los padrinos.

·        Fotocopia ampliada al 150% del documento de identidad de padres y padrinos.

·        Autorización del arcipreste del lugar.

 NOTA: Las partidas deben ser presentadas en original y con fecha de expedición inferior a tres (3) meses.

 

 3) Primera Comunión/Reconciliación y Eucaristía en edad escolar:

·        Tener ocho (8) años de edad o estar cursando tercer grado de escuela.

·        Partida de bautismo de quien va a recibir los Sacramentos.

·        Fotocopia ampliada al 150% del documento de identidad del menor.

 NOTA: Las partidas deben ser presentadas en original y con fecha de expedición inferior a tres (3) meses.

 

4) Confirmación en edad escolar:

·        Tener trece (13) años de edad.

·        Partida de bautismo de quien se confirma.

·        Partida de confirmación del padrino o madrina.

·        Fotocopia ampliada al 150% del documento de identidad del confirmando y del padrino o madrina.

 NOTA: Las partidas deben ser presentadas en original y con fecha de expedición inferior a tres (3) meses.

 

5) Confirmación de adultos: (Solo en las parroquias autorizadas)

·        Partida de bautismo de quien se confirma.

·        Partida de confirmación del padrino o madrina.

·        Fotocopia ampliada al 150% del documento de identidad del confirmando y del padrino o madrina.

 NOTA: Las partidas deben ser presentadas en original y con fecha de expedición inferior a tres (3) meses.

 

6) Iniciación cristiana a partir de los catorce (14) años (Bautismo, Comunión y Confirmación):

 a) Condiciones para iniciar el proceso:

·        Debe tratarse de personas solteras. No podrán iniciar este proceso quienes vivan en unión libre o matrimonio civil mientras no regularicen su situación conforme a la disciplina de la Iglesia.

·        Para los menores de dieciocho (18) años, los padres deberán presentar declaración ante el párroco, bajo gravedad de juramento, afirmando que el menor no ha recibido los Sacramentos.

b) Documentación requerida:

·        Solicitud escrita al párroco, hecha a mano por parte del menor y del padre ó madre, si es menor de edad, manifestando el deseo de recibir los Sacramentos.

·        Certificado original de la parroquia donde haya vivido la mayor parte de su vida o de la parroquia donde nació, en el que conste que no ha recibido el Bautismo.

·        Copia autenticada (original) del folio del registro civil de nacimiento de quien va a recibir los Sacramentos.

·        Partida de matrimonio de los padres. Si no están casados por la Iglesia, partida de bautismo de cada uno.

·        Partida de confirmación de los padrinos.

·        Fotocopia al 150% del documento de identidad de padres y padrinos.

 NOTA: Las partidas deben ser presentadas en original y con fecha de expedición inferior a tres (3) meses.

 

c) Autorizaciones:

·        Autorización y delegación del Vicario General o del Vicario Episcopal de la zona, la cual se tramita en la parroquia que administrará los sacramentos.

 

7) Matrimonio:

·          Partida de bautismo de los novios. Si la partida no es de la Arquidiócesis de Medellín, debe estar autenticada por la diócesis a la cual pertenece.

·          Partida de confirmación de los contrayentes (sólo sino aparece en la nota marginal de la partida de bautismo).

·          Certificado original y vigente del cursillo de preparación inmediata para el matrimonio aprobado por la Arquidiócesis de Medellín.

·          Fotocopia autenticada (original) del Registro civil de los novios.

·          Fotocopia de la cédula ampliada al 150% de cada contrayente, de los testigos de la celebración y de los testigos del expediente.

·          Una foto tamaño documento de cada uno de los contrayentes. En caso de casarse en otra parroquia deben traer dos fotos de cada uno

·          Certificado original de soltería del contrayente que no resida en el sector de la Parroquia donde se hace el expediente matrimonial (lo expide la parroquia de residencia).

·          Copia cédula ampliada al 150% de dos testigos para el expediente matrimonial (ojalá padres o familiares).

·          Copia cédula ampliada al 150% de los dos testigos presenciales del matrimonio.

 NOTA:

·        Las partidas deben ser presentadas en original y con fecha de expedición inferior a tres (3) meses.

·        Todos estos documentos se reciben completos y al menos un mes antes de la fecha del matrimonio, en el despacho parroquial.

·        Si alguno de los novios ha estado casado por lo católico pero el matrimonio le fue declarado nulo, debe presentar la debida constancia original dada por el Tribunal Eclesiástico.

·        Si alguno de los novios ha estado casado por lo civil, pero se divorció: debe presentar la respectiva sentencia original de divorcio.

·        Si uno de los novios es viudo(a): debe anexar partida original de defunción eclesiástica o certificado original de defunción del cónyuge anterior.

·        Si la pareja contrayente tiene hijos: debe anexar la partida original de bautizo del hijo o la fotocopia autenticada (original) del folio del registro civil.

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